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Ya se encuentra disponible en la página del Ayuntamiento el padrón de los edificios obligados a pasar la ITC en el año 2010.
¿Sabe si su inmueble ha de pasar la inspección en 2010?
Padrón municipal para 2009 (Excmo. Ayto. León)
Todos los edificios del anterior listado han de pasar en el ejercicio del 2010 la inspección, estamos a su disposición para presupuestarles esta tarea.
Ultimas noticias
Crónica de León.31, enero, 2010
Las viviendas que no hayan cumplido la ordenanza se enfrentan a multas de hasta 3.000 euros
Crónica de León.27, octubre, 2009
MUNICIPAL
Inspección Técnica de la Edificación
El 17% de los edificios que pasaron la ‘ITV’ resultaron desfavorables
El Ayuntamiento sólo ha declarado en ruina un edificio en la plaza San Martín
| Diario de León. 20, octubre 2009 | |
| Comisión de Urbanismo.Casi 700 edificios deberán pasar la inspección. |
http://www.diariodeleon.es/noticias/noticia.asp?pkid=484646
Crónica de León. 20 octubre 2009
683 edificios de mas de 40 años serán revisados el año que viene.
Solo 30 de los 782 previstos para el año 2009 habían pasado la ITE en junio.
En la página web del Ayuntamiento podemos encontrar entre otros documentos, el Texto Refundido de la Ordenanza que Regula las ITC, una guía informativa de cumplimentación de impresos.
En ésta cita las reglas para la presentación de la ITC.
Con el objeto de:
A.- Controlar que se han inspeccionado todas las construcciones de la parcela.
B.- Comprobar que cada edificio ha sido inspeccionado desde la cimentación hasta la cubierta con independencia de su régimen de propiedad. (Se deberán presentar datos de todas las construcciones que existan en la parcela, incluso las subterráneas),
Se establecen las siguientes REGLAS:
1.- la unidad mínima susceptible de ser inspeccionada (en adelante UMI-unidad mínima de inspección -) será el edificio con todas las construcciones vinculadas funcionalmente a él, acreditándose su inspección en un único certificado.
-El resultado desfavorable de cualquier construcción condicionará la del edificio al que está vinculado.
-No puede considerarse como UMI independiente, una vivienda ó local que forme parte de un edificio.
2.- A cada UMI le corresponde un certificado y viceversa.
CASOS
Caso A: EDIFICIO ÚNICO EN UNA PARCELA
El edificio se inspeccionará desde la cimentación hasta la cubierta, con independencia de su régimen de propiedad. A cada edificio de corresponderá un Certificado.
Ejemplos: Un único edificio de viviendas colectivas con varias comunidades distintas (portales y garaje)
Caso B: VARIAS EDIFICACIONES DISPERSAS EN UNA PARCELA Y VINCULADAS FUNCIONALMENTE ENTRE SÍ.
Se inspeccionarán todas las construcciones existentes en la parcela: Edificio principal y construcciones independientes vinculadas a este (por Ej.: garaje, cobertizo, piscina, vestuarios, cerramiento etc.…)
Ejemplos: Algunos casos de UMIs compuestas por uno o varios EDiFICIO/S
Con construcciones vinculadas a él/ellos:
-Parcela con una vivienda unifamiliar con garaje independiente, cerramiento, perimetral, piscina y otras construcciones.
-Parcela con un Bloque de viviendas, piscina, vestuarios y otras zonas comunes
-Parcela con varios Bloques de viviendas, garaje, piscina, vestuarios y otras zonas comunes.
-Parcela con varias viviendas unifamiliares (aisladas, pareadas ó adosadas), piscina, vestuarios y otras zonas comunes.
Caso C: VARIAS EDIFICACIONES DISPERSAS EN UNA PARCELA, NO VINCULADAS FUNCIONALMENTE ENTRE SÍ.
Si concurren varias UMIs dispersas en una misma parcela, no vinculadas funcionalmente entre sí y pertenecientes a diferentes propiedades, se recomienda que se entreguen de forma simultánea los certificados referidos a todas ellas.
Ejemplo:
-Varias viviendas unifamiliares adosadas en una única parcela.
Será posible agrupar varias UMIs en un único certificado cuando pertenezcan a la misma propiedad y estén ubicadas en la misma parcela.
Caso D: VARIOS EDIFICIOS ENTRE MEDIANERAS CON ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS COMUNES (por ej. Elementos estructurales-cimentación, medianeras, vigas, pórticos, escaleras, cubierta, instalaciones de de fontanería y saneamiento, garaje, etc...) . La opción óptima será la presentación de un único certificado, ya que mediante una única inspección se contemplan todos los elementos constructivos como un único cuerpo edificado. Dicha opción sería la preferente cuando se detecten deficiencias en elementos constructivos comunes. Si las deficiencias no se localizan en estos últimos, se podrá presentar un certificado por cada edificio, siendo recomendable que se entreguen de forma simultánea los certificados referidos a todos ellos.
A cada certificado le corresponderá un número de expediente, que se consignará en cada renovación periódica.
De no ser posible la aplicación de los criterios anteriores, será necesario justificarlo. El criterio de los servicios municipales competentes prevalecerá en caso de discrepancia.
Ya está publicada la normativa municipal que regula la ITC es la Ordenanza Municipal Reguladora de la Inspección Técnica de Construcciones de 27 de enero de 2009.
B.O.P. 17 - 2009
Ordenanza ITC (Ver PDF)